El Foro Parlamentario Europeo sobre Población y Desarrollo -EPF, por sus siglas en inglés- ha desarrollado «Restaurar el orden natural. La visión de extremistas religiosos para movilizar a las sociedad europeas contra los derechos humanos relacionados con la sexualidad y la reproducción». La finalidad es dar a conocer por qué Agenda Europa– blog anónimo en el que se publican noticias, informes y críticas contra los avances en materia de derechos de salud sexual y reproductiva- ha conseguido tanta repercusión, seguimiento y éxito.
El próximo jueves 21 de noviembre, a las 18:45h tendrá lugar, en la Sede de Durán Arte y Subastas(Calle Goya, 19), una subasta a beneficio de los huérfan@s de la violencia de género.
El pasado 4 de noviembre miles de personas salieron a la calle para protestar contra el fallo de la Audiencia Provincial de Barcelona en el caso Manresa. En el mismo, se sentencia que es un caso de abuso sexual por no existir violencia ni intimidación, requisitos para el delito tipificado de agresión sexual, al encontrarse la menor de 14 años en estado de inconsciencia. La indignación que ha provocado la resolución judicial se ha manifestado también a través del Manifiesto impulsado desde la Plataforma 7N al que Fundación Mujeres se ha adherido.
Arabia Saudí destaca por ser uno de los países del mundo con mayor brecha de género. Recientemente, el príncipe heredero del país, Mohamed bin Salman, ha llevado a cabo una campaña de liberación del régimen que incluye más derechos para las mujeres.
El 31 de octubre nos sorprendía de nuevo la noticia de una nueva sentencia, que volvió a abrir la polémica sobre los artículos del Código Penal que regulan los delitos contra la libertad sexual. Muchos diarios, tanto nacionales como regionales, escritos como audiovisuales, se hacían eco de lo resuelto por la Audiencia Provincial de Barcelona. Se repetía el fallo de la sentencia del Tribunal Superior de Navarra, de abril de 2018, sobre la manada de Pamplona y se reactivaba la polémica.
Un proyecto del Gobierno Vasco que apuesta por frenar el temor y la desconfianza de las víctimas de violencia de género o de delitos sexuales en los Juzgados.
La semana pasada conocíamos la sentencia de los acusados de la conocida como ‘manada de Manresa‘, cuyo delito se cometió hace ya tres años, cuando la víctima era una menor de apenas 14 años. Los cinco autores, todos mayores de edad, han sido condenados en la Audiencia de Barcelona por abuso sexual -y no agresión- a penas de entre 10 y 12 años de cárcel. Asimismo, se les condena a indemnizar con 12.000 euros a la víctima por un delito que se considera «extremadamente intenso y especialmente denigrante«. Cabe destacar que el sexto acusado -quien se masturbó en presencia de la violación- ha sido absuelto del delito de omisión de socorro que se le imputaba.
Utilizamos cookies para proporcionarte la mejor experiencia de navegación en nuestro sitio web, ofrecer funciones de redes sociales y analizar el tráfico.
En ningún caso se utilizan las cookies para recoger información de carácter personal o compartir datos con agencias o terceros.
Este sitio web utiliza cookies para mejorar su experiencia mientras navega por el sitio web. Fuera de estas cookies, las cookies que se clasifican como necesarias se almacenan en su navegador, ya que son esenciales para el funcionamiento de las funcionalidades básicas del sitio web. También utilizamos cookies de terceros que nos ayudan a analizar y comprender cómo utiliza este sitio web. Estas cookies se almacenarán en su navegador solo con su consentimiento. También tiene la opción de optar por no recibir estas cookies. Pero la exclusión voluntaria de algunas de estas cookies puede afectar su experiencia de navegación.
Las cookies necesarias son absolutamente esenciales para que el sitio web funcione correctamente. Esta categoría solo incluye cookies que garantizan funcionalidades básicas y características de seguridad del sitio web. Estas cookies no almacenan ninguna información personal.
Las cookies que pueden no ser particularmente necesarias para el funcionamiento del sitio web y que se utilizan específicamente para recopilar datos personales del usuario a través de análisis, anuncios y otros contenidos integrados se denominan cookies no necesarias. Es obligatorio obtener el consentimiento del usuario antes de ejecutar estas cookies en su sitio web.