El Lobby Europeo de Mujeres en España impulsa una moción de urgencia sobre la definición de los delitos sexuales

Por Leticia López, equipo de voluntariado del Observatorio de Violencia de Fundación Mujeres

Tras el anuncio de la indignante condena que se les impuso a los ya conocidos miembros de la Manada por abuso sexual, en lugar de agresión sexual (de esta forma la condena se reduce de 22 a 9 años). El movimiento feminista y la población en general salió a las calles reivindicando un cambio en el sistema judicial mediante el lema de «no es abuso, es violación».

Tal ha sido el movimiento generado que este caso ha repercutido a nivel internacional, donde también se generaron manifestaciones.

Ante esto, el Lobby Europeo de Mujeres en España decide impulsar una moción de urgencia basada en la implementación del Convenio de Estambul. De esta forma, la condena no dependería de violencia ejercida o de la resistencia impuesta por la victima, ya que la violación se tipifica en el articulo 36 de la siguiente manera:  «participar en la penetración vaginal, anal u oral no consentida de una naturaleza sexual del cuerpo de otra persona con cualquier parte u objeto corporal».

Esta moción cuenta ya con el apoyo de numerosas instituciones y países. El 9 de Junio de 2018 será aprobada dicha moción en la Asamblea General del European Women’s Lobby.

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