Necesidad de reforma en la tipificación de los delitos contra la libertad sexual

Ayer conocíamos la sentencia al grupo de varones conocidos como ‘La Manada’ que estipulaba una condena de 18 meses de prisión por abuso sexual y otra de 16 meses por delito cntra la intimidad por difundir el vídeo de la agresión a una joven en Pozoblanco en 2016.

Reforma del Código Penal

Como ocurría ante sentencias similares en casos como ‘La Manada de Manresa’ las asociaciones y entidades feministas se han movilizado para pedir la reforma de la tificipación de los delitos contra la libertad sexual en el Código Penal. En este sentido, la directora de Fundación Mujeres, Marisa Soleto, afirma que ‘Cada caso que salga sobre violencia sexual va a ser una evidencia más de que hay un problema con la regulación‘.

Sobre la sentencia, Marisa Soleto ha manifestado que ‘evidencia que los tribunales y operadores jurídicos «no han asumido» lo que ha dicho la sociedad, que es que la vulneración de la prestación del consentimiento por parte de la víctima es violencia contra las mujeres‘. Asimismo, ha lamentado que en la normativa actual no se considere ni violencia ni intimidación la falta de consentimiento, que reduce el delito a abuso sexual en lugar de agresión, añadiendo que ‘La única solución que queda es el cambio legal‘. Así, el cambio legislativo nos acercaría al cumplimiento del Convenio de Estambul.

En este sentido, el anteproyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, que incluye el consentimiento en los delitos sexuales y que se aprobó en marzo en el Consejo de Ministros, está paralizado por la declaración del Estado de Alarma actual.

Algunas posiciones señalan que, en el marco legal actual, los hechos probados corresponden con el delito de abuso sexual, por lo que sitúan el problema en nuestra legislación, que según Lucía Avilés, magistrada de la Asociación Mujeres Juezas de España, implica una visión masculina debido a que ‘Es la percepción del hombre sobre la mujer lo que determina si es abuso o agresión: no hay violación cuando él percibe que la mujer no se resistía y no necesitó la violencia‘.

Perspectiva de género

Desde otras posiciones, sí consideran que ha mediado una falta de perspectiva de género, al no reconocer intimidación y presión ambiental como ya marcó el Tribunal Supremo con respecto a la sentencia de Sanfermines. Yolanda Besteiro, presidenta de la Federación de Mujeres Progresistas sostiene que ‘Hay muchísimo margen de interpretación para estas conductas, pero tienden la mayoría a justificar a los agresores, a trasladar la responsabilidad a las víctimas y a no considerar tan graves estos delitos, y eso es por la cultura de la violación‘.

Desde la Asociación de Mujeres Juristas Themis y la Asociación Clara Campoamor -acusación popular- consideran que las penas son escasas y que ni siquiera implican prisión si las personas condenadas no tienen antecedentes. Además, la segunda ha anunciado que recurrirá la sentencia.

Concentración en rechazo a la sentencia

Un centenar de personas se concentró ayer en la Plaza de las Tendillas de Córdoba,  en un acto convocado por la Plataforma Cordobesa contra la Violencia a las Mujeres, para apoyar a la víctima y mostrar el rechazo a la sentencia citada.

La portavoz de la plataforma, Elena Vega, manifestó que ‘esto podía haber sido un avance para la Justicia y para nosotras, pero sale muy barato el abuso a las mujeres, no puede quedar un abuso rebajado a la mitad con todas las pruebas que hay, es complicidad del sistema judicial«. 

Para más información consulta los siguientes enlaces:

El Boletín
El Día de Córdoba
Observatorio de Violencia

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