
El Tribunal Supremo, en una sentencia dictada por la Sala de lo Civil el pasado 4 de febrero de 2016 (CIP 3016/14), ha declarado incompatible la guardia y custodia compartida de los hijos con la existencia de condena de uno de los cónyuges por delito de amenazas en el ámbito familiar.
En la sentencia se estima el recurso de casación interpuesto por una madre contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Vizcaya que acordó la custodia compartida de dos menores de 6 y 8 años, a pesar de que su padre estaba condenado por un delito de violencia de género.
Puedes consultar el texto de esta sentencia en la Sección Documentos de esta misma Web o a través de la siguiente ficha de descarga:
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Más información sobre esta noticia en los medios de comunicación:
- Europa Press: El TS declara incompatible la custodia compartida con la condena por amenazas del padre.
- Servimedia:El Supremo considera incompatible la custodia compartida con los malos tratos
- Antena 3:Deniegan a un divorciado la custodia compartida de sus hijos por amenazar a la madre
- 20 Minutos:Deniegan a un divorciado la custodia compartida de sus hijos por amenazar a la madre
- Cadena Ser:El Supremo niega la custodia compartida si hay condena por violencia de género