El CGPJ presenta el Estudio sobre la aplicación de la Ley Integral Contra la Violencia de Género por las Audiencias Provinciales

La Comisión de Expertos y Expertas en Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial ha elaborado un informe donde se estudia cuál ha sido la aplicación de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género en las Audiencias Provinciales.

El estudio se basa en 497 sentencias: 2 de apelación de faltas (0,4%), 294 de apelaciones de delitos (59,2%) y 201 de primera y única instancia (40,4%).

Se trata del segundo informe de este tipo elaborado, ya que el anterior se emitió en 2009. El Grupo de personas expertas ha sido conformado por las y los magistrados: Dª. Mª José Barbarín, Dª. Gemma Gallego, D. José María Gómez Villora, D. Vicente Magro, Dª. Almudena Nadal, D. José Manuel de Paúl, Dª María Tardón y Dª. Carmen Zabalegui y ha sido coordinado por Cristina Fabré, Jefa de Unidad del Observatorio del Consejo.

La investigación se centró en los temas del estudio anterior,  al que se le ha incorporado un nuevo tema, el número 11. Los temas son:

  1. Tipos penales objeto de condena o absolución, con la exclusiva finalidad de poder referir a ellos los diferentes aspectos abordados.

  2. Los motivos de la absolución.

  3. La valoración de la declaración de la víctima cuando se presentaba como única prueba de cargo en juicio oral.

  4. Analizar qué resoluciones exigían o excluían un elemento subjetivo en los tipos penales, el ánimo de discriminar, que el legislador no había incorporado a la descripción de los diferentes tipos penales pero del que se conocía que algunos Tribunales reclamaban como elemento del tipo, fundamentándolo en el artículo 1 de la Ley Integral.

  5. Las concretas circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal apreciadas en las sentencias de condena.

  6. Los efectos del consentimiento de la víctima en la reanudación de la convivencia, existiendo prohibición de aproximación (pena o medida), de cara a la punición o absolución por el tipo del artículo 468 del Código Penal.

  7. La interpretación de la “análoga relación de afectividad” sin convivencia, a la que se refieren algunos tipos penales, para incluir o excluir la aplicación de la Ley Integral.

  8. Las penas impuestas en las sentencias de condena diferentes de la privativa de libertad.

  9. La posible referencia a la existencia de denuncias falsas en las resoluciones dictadas.

  10. La existencia de motivos de nulidad en las sentencias dictadas en primera instancia, de apreciarse por la Audiencia Provincial.

  11. Concurrencia de circunstancias del artículo 153.

El estudio, a parte de hacer observaciones generalizadas para todo el estado, también aporta datos desglosado de cada una de las Audiencias Provinciales de España. Termina con 13 conclusiones finales.

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