El CGPJ rechaza por unanimidad los ejes de la ley de ‘Solo sí es sí’

Desde el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se ha aprobado de forma unánime un informe crítico al anteproyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como ley de ‘Solo sí es sí‘.

Los principales aspectos que critican con respecto a dicha ley son la definición de consentimiento, y la desaparición de la actual distinción entre abuso sexual y agresión sexual, uno de los debates que surgió a raíz del juicio del caso de ‘La Manada’.

En relación al primer aspecto, el anteproyecto recoge que «se entenderá que no existe consentimiento cuando la víctima no haya manifestado libremente por actos exteriores, concluyentes e inequívocos conforme a las circunstancias concurrentes su voluntad expresa de participar en el acto«.

En este sentido, consideran que el Código Penal ya se basa en el consentimiento para determinar si un acto sexual es delito o no. No obstante, afirmar que introducir una definición de ‘consentimiento’ expresa, la defensa deberá probar que «no existió una manifestación de voluntad expresa de participar en el acto», con lo cual «se altera de modo sustancial las normas sobre la carga de la prueba, con riesgo de afectación del principio de presunción de inocencia». Añaden que lo anterior tampoco evitaría la victimización secundaria, poniendo el foco de los interrogatorios en la forma en que el consentimiento fue expresado.

Ante ello, Victoria Rosell, delegada del Gobierno contra la Violencia de Género , defiende el cambio y recuerda que la redacción del consentimiento se exige en el artículo 36 del Convenio de Estambul, ratificado por España.

Con respecto a la fusión de los delitos de abuso y agresión, destacan dos puntos: el supuesto riesgo para la víctima de que el agresor recurra a conductas más lesivas por no haber mayores consecuencias; y a la posibilidad «de castigar con gran severidad conductas que presentan un menor grado de lesividad«.

Proponen sustituir esa medida por una modalidad agravada de agresión sexual, cuando concurran medios como el uso de violencia y/o  amenazas, imponiendo la pena en su mitad superior.

El objetivo es pasar de una concepción patriarcal del derecho donde el límite lo pone el no, a un sistema basado en el consentimiento libre donde los derechos se abren paso a partir de un sí consensuado y libre”.
Victoria Rosell, delegada del Gobierno contra la Violencia de Género

Por otro lado, consideran confusa la alusión a la especialización de los órganos judiciales en materia de violencias sexuales, desconociendo si implicaría la creación de jurisdiccionales o la  revisión de las actuales competencias de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.

Cabe destacar que este dictamen no es vinculante, pero es de relevancia que su aprobación se haya realizado por unanimidad.

Por su parte, el Ministerio de Igualdad ha anunciado que seguirá adelante con la tramitación del texto legal, que debe ser revisado por el Consejo de Estado antes de volver al Consejo de Ministros y que se remita a las Cortes.

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