Estudio «La respuesta judicial a la violencia sexual que sufren niños y niñas»

El pasado 20 de noviembre, Día Internacional de la Infancia, tenía lugar la presentación del estudio «Respuesta judicial a la violencia sexual que sufren los niños y las niñas« realizado por la Asociación de Mujeres Juristas Themis y promovido por la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género para el que se han analizado 455 sentencias por agresiones sexuales en la infancia, dictadas en todo el territorio español entre 2010 y 2019.

Este análisis revela que el 72% de las víctimas son niñas y la mayoría tiene entre 5 y 12 años, frente al 27% de niños. Además, la violencia sexual sobre menores es perpetrada por hombres en el 98% de los casos analizados; que en el 74% el agresor pertenece al ámbito familiar o del entorno de la víctima y el lugar que elige para atacar es el domicilio de la niña (33,5%) o el suyo propio (31%).

Además, en el caso de las niñas, en un 97,9% de los casos sufren agresiones y abusos, mientras un 2,1% son víctimas de la pornografía y prostitución; mientras que los niños son víctimas agresiones en un 56,1% y de pornografía y prostitución en un 47,8%.

Casi el 76% de las denuncias analizadas son condenatorias y en el 64% no se trata de un hecho aislado, sino que se ha cometido el delito de manera continuada sobre la víctima o en varias ocasiones.

Las madres son las personas que denuncian en mayor medida la violencia sexual (lo hicieron en el 51% de los casos analizados), seguidas de las propias víctimas (18%).

El informe denota la necesidad de protocolos de actuación: sólo en el 4,24% de los casos el primer paso lo dieron centros educativos, servicios sociales, sanitarios o centros de acogida.

Ya en el ámbito judicial, solo el 25% las denuncias se interponen el mismo día de la agresión, según el estudio, la tardanza en la denuncia es causa coadyuvante en la sentencia absolutoria en un 8%. Y en el 31% de los casos, había pasado más de un año.

El informe apuesta por la ampliación del plazo de prescripción, de forma que se empiece a contar los plazos a partir de que la víctima cumpla al menos 50 años. También pone de manifiesto «anomalías» en las resoluciones judiciales analizadas y destacado la necesidad de formación especializada para todos los operadores jurídicos.

Las sentencias absolutorias estudiadas se basan fundamentalmente en las contradicciones del testimonio de la víctima. Con las últimas reformas del Código Penal, no obstante, han aumentado las resoluciones condenatorias, aunque no han subido las penas impuestas.

A pesar de que la ley establece como castigo la inhabilitación para ejercer profesiones que impliquen contacto con menores, advierte el informe de que esa pena no se aplica en el 74% de las sentencias condenatorias. Y la privación de la patria potestad no se acuerda en un 33% de las sentencias en las que el agresor es el padre y la víctima la hija, aunque esta sea pequeña.

En el estudio se recoge que solo en el 14% de los juicios se use la declaración del menor como prueba preconstituida y que la mayoría de los informes psicológicos se realicen para valorar la credibilidad de su testimonio y no para determinar los daños que ha podido sufrir.

 

Para más información, consulte la Fuente original: Sala de Prensa Mujeres Juristas Themis 

Descarga el estudio en este enlace

 

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