Cambios en los requisitos de las becas de estudio para víctimas de violencia de género

El Consejo de Ministros ayer, martes 29 de junio, mediante el REAL DECRETO por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2021-2022, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas; aprobó una inversión en becas de más de 2.000 millones de euros, del que se beneficiarían 850.000 alumnos  y alumnas durante el próximo curso.

En este marco, una de las principales novedades hace referencia a las becas destinadas a víctimas de violencia de género.

Así, para estas víctimas, se suprime el requisito que existía por el cual debían acreditar -por parte de alguna autoridad educativa- que el menor rendimiento académico hubiera estado directamente relacionado con la violencia sufrida. Por tanto, esta acreditación no será necesaria para la obtención o mantenimiento de la beca de estudio.

Asimismo, se mantendrán las medidas extraordinarias adoptadas con motivo de la pandemia, por las cuales las asignaturas, créditos o módulos que no se hubieran podido cursar o evaluar adecuadamente, no se tomaban en consideración para la concesión de la beca.

Con estas medidas, se fomenta el apoyo a víctimas de violencia de género que se encuentren en situación de estudio; así como a reparar el daño sufrido facilitando su desarrollo formativo.

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