El Tribunal Supremo sentencia el impago de pensiones alimenticias como violencia económica

El Tribunal Supremo ha condenado a prisión a un hombre por el impago de las pensiones alimenticias a su familia, en base al incumplimiento del artículo 227 del Código Penal.

El Alto Tribunal ha considerado estos hechos como violencia económica, lo que supone un gran avance a nivel social, político y judicial en lo que reconoce como una «doble victimización» que sufren las mujeres y los hijos e hijas ante casos de ruptura de la pareja o divorcio donde, en la mayoría de los casos, la custodia recae sobre las madres.

Este proceso puede generar connotaciones desfavorables para las madres solteras que deben afrontar la negativa de los padres a la contribución de la manutención de la familia y asumir por sí solas el cuidado de las y los menores, la satisfacción de sus necesidades y los gastos del hogar, mientras compaginan su tiempo con la sobrecarga del trabajo remunerado y las labores domésticas.

Todo ello se traduce en un mayor empobrecimiento de las mujeres, la posible aparición de afectaciones para su salud física y psicológica al no disponer -o disponer mínimamente- de recursos y tiempo para sí mismas; así como en la falta de autonomía y empoderamiento por la dependencia económica que se genera hacia los hombres parejas o exparejas.

En este sentido, el debate feminista resalta la importancia de la independencia económica de las mujeres que, con gran pesar, todavía es una utopía para muchas. La sociedad en la que vivimos, regida por una estructura patriarcal, dictamina roles y pautas de comportamiento diferenciados por género que condicionan la vida de hombres y mujeres en las que se marcan claras inequidades.

El hombre aceptado como “cabeza de familia”, tradicionalmente el principal proveedor económico de la familia y el hogar, tiene un mayor acceso, mejores ventajas y mayores facilidades para encontrar condiciones de trabajo más favorables y estables y mejor remuneración. Injustamente, por el contrario, las mujeres se enfrentan a un mercado laboral precarizado que las segmenta a labores de asistencia y reproducción, con peores condiciones y remuneración, menor estabilidad, y que supone mayores dificultades para las mujeres madres solteras que tienen que asumir el rol de proveedoras económicas del hogar, el cual la sociedad ha determinado tradicionalmente como “masculino”.

Ante toda esta situación, la sentencia del Tribunal Supremo supone un avance en la visibilización de la violencia económica, ante la negativa de sustento de menores que no tienen la capacidad de valerse por sí mismos y mismas, y hacia las madres solteras que deberán seguir cubriendo sus necesidades.

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