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El Tribunal Supremo cambia la jurisprudencia para que las víctimas no recuperen el derecho a la dispensa de declarar después de denunciar
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha establecido que las víctimas que interponen una denuncia y se constituyen como acusación particular, no recuperan el derecho a la dispensa de declarar contra su pareja, derecho excepcional recogido en el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim).