#28S El aborto en España, obstáculos y desafíos para el derecho legal, seguro y accesible

Este artículo se enmarca dentro de la Campaña #28S de Fundación Mujeres con motivo de la conmemoración del Día de Acción Global por el Aborto Legal, Seguro y Accesible.


La despenalización del aborto en España está regulada por la Ley Orgánica 2/2010 de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). Esta ley reconoce “el derecho a la maternidad libremente decidida, que implica que las mujeres puedan tomar la decisión inicial sobre su embarazo, y que esa decisión, consciente y responsable, sea respetada”.

Sin embargo, aunque la aprobación de esta ley hace 11 años constituyó un avance significativo para la sociedad española, en la actualidad se afrontan importantes barreras y condiciones de inseguridad que impiden el acceso a la IVE como una prestación sanitaria universal para las mujeres.

Uno de los aspectos más alarmantes es la diferencia territorial respecto a la práctica del aborto. Según los últimos datos del Ministerio de Sanidad, actualmente existen 211 clínicas acreditadas para la IVE en España, de ellas 123 son públicas y 88 privadas. Su distribución es desigual según las Comunidades Autónomas, por ejemplo, en las Comunidades de Aragón, Castilla La Mancha, Extremadura, Madrid, Murcia y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla no existen centros sanitarios públicos para la IVE, incluso en estas dos últimas tampoco existen centros privados.

A ello se suma la objeción de conciencia del personal médico, que aunque la Ley reconoce como un derecho individual para el ejercicio de la profesión, hace que muchos hospitales sean objetores y por tanto no ofrezcan el servicio de IVE, realizando derivaciones a otros centros sin informar de manera adecuada y completa a las mujeres, lo que recae en un incumplimiento de la normativa vigente.

Todo ello ha conllevado a que el 85,68% de las interrupciones voluntarias del embarazo en 2019 se dieran en clínicas privadas, frente al 14,32% que se realizaron en centros públicos. Esto demuestra que esta práctica sigue sin concebirse como una prestación normalizada dentro del sistema de sanidad pública español, que dificulta su acceso seguro, gratuito y público, y que en numerosas ocasiones obliga a las mujeres a tener que realizar largos desplazamientos y asumir otros trámites que complican o ralentizan el proceso para llevar a cabo la IVE.

Por otro lado, en 2015 se incluyeron otras barreras en la Ley 2/2010 que obligan a las mujeres entre 16 y 17 años a contar con el consentimiento expreso de sus progenitores/as o tutores/as para llevar a cabo la IVE. Esto ha sido reconocido por la Ministra de Igualdad Irene Montero, al igual que «los tres días de reflexión» obligatorios para las mujeres que hayan decidido abortar, como aspectos que deben ser reformados dentro de la ley, destacando que «las decisiones de las mujeres no necesitan supervisión ni ser tuteladas».

Ante esta alarmante situación, después de más de una década de su aprobación y de incansables denuncias del movimiento feminista, el Ministerio de Igualdad se encuentra impulsando la reforma de la Ley de salud sexual y reproductiva, donde se contemplarán medidas para corregir todos estos obstáculos y garantizar el aborto accesible, sin barreras e independiente del lugar de residencia de las mujeres, respetando el derecho a la libertad de decidir sobre su cuerpo y su maternidad.

Otro importante avance a destacar es el reciente apoyo del Congreso a la propuesta que intenta poner fin a la obstaculización del aborto que llevan a cabo los grupos anti-elección. Los continuos y sistemáticos ataques frente a las clínicas acreditadas para la IVE, que van desde concentraciones en sus inmediaciones con rezos o pancartas, el abordo a las mujeres para persuadirlas de no abortar o los múltiples insultos de «asesinas», son considerados dentro de la propuesta como manifestaciones de acoso, hostigamiento y amenaza que vulneran los derechos humanos de las mujeres y coaccionan su intimidad y bienestar, por lo que se contemplan penas de prisión de tres meses a un año o trabajos en beneficio de la comunidad.

Una vez más se demuestra que los cambios en las leyes son una condición necesaria pero no suficiente. La sensibilización y la educación sexual y afectiva para la igualdad se hacen cada vez más necesarias para entender la carga social que se le atribuye a las mujeres bajo concepciones machistas y retrógradas. Ante ello, los derechos de las mujeres a la libertad de decidir sobre sus cuerpos y su maternidad, a ejercer su autonomía, a contar con servicios legales, gratuitos, accesibles y seguros para la IVE, a la información y el acompañamiento profesional y especializado, deben ser garantizados y respetados y no un reto a nivel global.

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