Como ya hicieran el pasado día 15 de abril con respecto al Plan de Choque en la Administración de Justicia tras el estado de alarma, desde Mujeres Juristas Themis emiten un nuevo Comunicado sobre las medidas destinadas a colectivos especialmente vulnerables recogidas en dicho documento.
En esta ocasión, Themis, analiza las medidas, y realiza una serie de propuestas sobre las mismas.
INTRODUCCIÓN
Con carácter general, en orden a la acepción del término género utilizado en el documento, recordamos el significado de “igualdad de género” o “perspectiva de género” acuñado en los primeros instrumentos internacionales como la Plataforma para la Acción de Pekín de 1995, ya que el género era una elemento a erradicar por su carácter de construcción cultural sustentadora de una estructura patriarcal que asigna distintos roles y construye estereotipos de conducta según el sexo y que ha de tener presente cuando se diseñan políticas públicas destinadas a la consecución de la igualdad real en el disfrute de derechos y recursos. Igualmente, es de utilidad a los efectos que se pretenden en el documento de atención específica a las mujeres como colectivo objeto de discriminación con carácter general, y utilización de medios telemáticos como los que se alude en el documento, atender a las consideraciones contenidas en la Recomendación general núm. 33 sobre el acceso de las mujeres a la justicia, de agosto de 2015, realizada por el Comité para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación de las Mujeres (CEDAW) de Naciones Unidas
TEXTO COMPLETO: Comunicado sobre el primer documento de trabajo sobre medidas destinadas a colectivos especialmente vulnerables para el Plan de Choque en la Administración de Justicia tras el estado de alarma
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