Se presenta la Memoria de la Fiscalía General del Estado del año 2021

El pasado 7 de septiembre se presentó la Memoria de la Fiscalía General del Estado, que recoge la actividad del Ministerio Fiscal correspondiente a 2021, durante el acto de apertura del Año Judicial 2022-2023. En este artículo se exponen los principales datos de la Memoria y algunas de las novedades que introduce en materia de violencia contra las mujeres.

Violencia de género

La principal novedad en relación con la violencia de género es que, por primera vez, la Fiscalía ha asumido la denominación de «feminicidio« para los homicidios y asesinatos de mujeres por violencia de género. Dentro de esta definición genérica, se han distinguido dos categorías principales: el feminicidio familiar o íntimo, cuando el agresor es pareja o expareja de la víctima o tiene alguna relación familiar o de parentesco por consanguinidad o afinidad; y el feminicidio no íntimo, cuando es cometido por un hombre con quien la víctima no tiene o ha tenido ninguna relación de las mencionadas anteriormente. Junto con estas dos categorías, existe una tercera bajo el nombre feminicidio por conexión para hacer referencia a aquellos homicidios o asesinatos de terceras personas cometidos al defender a la mujer a quien iba dirigido el ataque (sin incluir la violencia vicaria, ya que esta se define como feminicidio extendido o ampliado).

Según los datos presentados en la Memoria, en 2021 se registraron un total de 50 feminicidios íntimos de pareja, un 8,6 % más que en 2020, año en el que hubo 46 víctimas mortales, pero inferior a los datos de 2019 (59 víctimas mortales) y 2018 (51 víctimas mortales). De estas 50 víctimas, 11 habían denunciado previamente (22 %), de las cuales 10 habían tenido una medida de prohibición de aproximación y en 7 de ellas estaba todavía vigente en el momento del feminicidio. Un total de 31 niños y niñas han quedado en situación de orfandad, ya que 18 de las víctimas tenían hijos e hijas menores de edad. Sobre violencia vicaria, la Memoria recoge que en 2021 se produjeron 4 feminicidios ampliados, todos contra todas eran hijo/as comunes y menores de edad del agresor y la víctima.

En cuanto a las medidas cautelares de protección, la Memoria de la Fiscalía remite a los datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ),  ya que están más ajustados a la realidad. Según el CGPJ, en el año 2021 del total de las medidas de protección solicitadas en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer y los Juzgados de Guardia, que ascienden a 43.736 (638 de las cuales dirigidas a víctimas menores de edad, lo que representa un 1,56% del total de solicitadas), estas se acordaron en el 71,4 % de los casos. Las medidas que se han adoptado en mayor medida han sido la orden de alejamiento (69,11%) y la prohibición de comunicación con la víctima (65,79%), mientras que la prisión provisional representa únicamente el 2,77 % del total de las adoptadas.

Por último, con respecto a las medidas civiles, consultando de nuevo los datos del CGPJ, en el año 2021 fueron adoptadas un total de 16.973. La mayoría están referidas a la prestación alimenticia (5.240)y la atribución de la vivienda (4.429), seguidas de la suspensión del régimen de visitas (1.895), la suspensión de la guarda y custodia (1.390) y la suspensión de la patria potestad (189). En este sentido, es importante destacar los datos relativos a las resoluciones en las que se acordó la suspensión del régimen de visitas: 1.895 resoluciones frente a 847 del año anterior, lo cual permite valorar positivamente el impacto que ha supuesto la modificación de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, que modificó el artículo 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, estableciendo la suspensión del régimen de visitas “cuando se dicte una orden de protección con medidas de contenido penal y existieran indicios fundados de que los hijos e hijas menores de edad hubieran presenciado, sufrido o convivido” con la violencia de género.

​​​Trata de seres humanos

En 2021, se incoaron 187 procedimientos judiciales por el delito de trata de seres humanos, lo que supone un aumento del 37,5% con respecto al año anterior. De estos, el 67,27% se refieren a trata con fines de explotación sexual. En relación con las víctimas, se detectaron 277 víctimas (213 plenamente identificadas y 64 en situación de grave riesgo), de las cuales el 98,55% son mujeres o niñas, entre las que se encuentran 5 menores de edad y 1 con discapacidad, provenientes de diferentes continentes.

 

En el Capítulo V, una de sus secciones lleva como título «Víctimas de trata de seres humanos y de delitos de explotación. Especial consideración a la situación de las mujeres prostituidas», en la cual se manifiesta que las/los fiscales especializadas/os de Extranjería, deben partir de la premisa de que lo más importante es la protección de la víctima y la reposición de sus derechos de los que se ha visto privada, «debiendo decaer cualquier actuación investigativa ante la posibilidad de un riesgo cierto para su integridad o vida».

Puedes acceder a la Memoria completa de 2022 en versión navegable en este enlace.

Para más información, consulta los siguientes enlaces:

Si te interesa este contenido, ¡compártelo!