El Pleno del Congreso aprueba definitivamente la Ley de Paridad

Este martes se aprobó la Ley de Paridad con 178 votos a favor, 171 en contra y ninguna abstención. Esta, garantiza la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de dirección. En ese sentido, la nueva norma obliga a que exista al menos un 40% de representatividad de mujeres en órganos de poder de grandes empresas y en la Administración General del Estado; entre otras medidas.  

 Medidas en el ámbito empresarial 

La ley de paridad va de acuerdo con lo establecido por la directiva europea que el Consejo de la UE probó a finales de 2022. Que obliga a los Estados miembros a que exista un máximo del 60% de personas de cada sexo y que ninguno debe situarse por debajo del 40% en: la composición de gobierno, órganos constitucionales, órganos superiores y directivos del sector público, tribunal y jurados, listas electorales y consejos de administración de las empresas y sociedades cotizadas.  

“La norma europea obliga a que al menos el 40% de los administradores no ejecutivos de las entidades cotizadas (es decir, las personas que no son CEO) sean “miembros del sexo menos representado”, antes del 30 de junio de 2026” (Parlamento Europeo, 2024).  

Medidas en el ámbito político 

La nueva norma establece la obligatoriedad de que las candidaturas sean paritarias en el Congreso, Senado, Parlamento Europeo, asambleas autonómicas, municipios, consejos y cabildos insulares, las Asambleas Legislativas de las comunidades autónomas y el Gobierno. En ese sentido, cada uno de los sexos debe suponer un mínimo del 40% de los titulares de vicepresidencias y ministerios, sin contar con quién ocupe la presidencia. 

Otros organismos que deben cumplir con el principio de representación equilibrada son: “el Tribunal Constitucional, el Consejo de Estado, el Tribunal de Cuentas, el Consejo Fiscal y el Consejo General del Poder Judicial; así como para los órganos superiores y directivos y en el personal de alta dirección de la Administración General del Estado, los colegios profesionales o las entidades de interés público” (El País, 2024). 

Por el momento, el 40% no se aplica a las organizaciones políticas. Sin embargo, esta ley las obliga a tener un plan de igualdad interno y un protocolo, para prevenir, detectar y actuar frente a la violencia machista. 

Además, esta ley, busca que las listas electorales y cremallera sean ordenadas alternando los representantes hombres y mujeres.  

En relación con otras normativas 

Esta nueva medida “avanza en el camino trazado por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que ya incorporaba el principio de representación equilibrada” (Ministerio de Igualdad, 2023).  

Y también se traspone a la “Directiva (UE) 2022/2381 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de noviembre de 2022, relativa a un mejor equilibrio de género entre los administradores de las sociedades cotizadas y medidas conexas” (Ministerio de Igualdad, 2023). 

Para más información sigue el siguiente enlace. 

Si te interesa este contenido, ¡compártelo!