Tras una sentencia del pasado 2 de abril, el Tribunal Supremo ha dictaminado que no tiene lugar dudar del testimonio de una mujer víctima de violencia machista, solo por no haber presentado denuncias previas o por haber tardado en presentarlas.
De esta forma, el tribunal refuerza el valor de los testimonios de estas mujeres como pruebas en su proceso judicial. La Sala de lo Penal destaca que no se puede considerar que una mujer mienta movida por el resentimiento, sino que de hecho es esperable que haya una mala relación con su agresor y, que el hecho de no haber denunciado o haber tardado en hacerlo, refuta la idea de venganza que en ocasiones se alega.
Además, se resalta la multiplicidad de razones por las cuales una víctima puede tener reticencias para denunciar, tales como la incertidumbre con lo que pasará después, el miedo a posibles represalias del agresor, estigmatización, sentimientos de culpabilidad o problemas económicos, entre otras.
Finalmente, los magistrados inciden en que: «No se les puede volver en su contra que tarden en denunciar. […] Todo ello, las convierte en más víctimas aún, porque lo son del agresor y lo son, también, del propio sistema en quien, en muchas ocasiones, no confían si no tienen la seguridad de que denunciar va a ser algo positivo para ellas y no algo negativo».
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