Atención a las víctimas de violencia de género durante el confinamiento
El pasado viernes 13 de marzo conocíamos la declaración del Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, del estado de Alarma en el que nos encontramos actualmente, y que entró en vigor el sábado 16 con su publicación en el Boletín Oficial del Estado. El Real Decreto recoge la limitación de la libertad de circulación de las personas durante la vigencia del estado de alarma -quince días naturales- salvo algunos supuestos que se recogen en dicho documento, con el objetivo de frenar el contagio de la COVID-19.