Este artículo forma parte de la campaña de activismo que se lleva a cabo con motivo del día 25 de noviembre, Día para la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, y los 16 días de activismo de ONU Mujeres, “Banco de Buenas Prácticas para la prevención de la Violencia de Género y Educar en Igualdad, hacia un voluntariado 2.0 por el Buen Trato”, gracias a la financiación del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, a través del IRPF “OTROS FINES DE INTERÉS SOCIAL” y el proyecto DANA+, financiado por el Fondo Social Europeo – Programa Operativo de Inclusión Social y Economía que se desarrolla entre 2019 y 2023.
Por Katherine Tamayo Mejía – Equipo técnico del Observatorio de Violencia
En el 2017 se aprobó en España el Pacto de Estado contra la Violencia de Género, con el objetivo de eliminar cualquier tipo de violencia contra las mujeres y defender sus derechos y libertades fundamentales. El Pacto de Estado fue ratificado en diciembre de 2017 por los distintos Grupos Parlamentarios, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales representadas en la Federación Española de Municipios y Provincias, con el propósito de unir organizaciones, instituciones y personas expertas en la formulación de medidas para la erradicación de la violencia contra las mujeres.
Este pacto incide en todos los ámbitos de la sociedad y se estructura en 10 ejes de trabajo e intervención:
1. La ruptura del silencio mediante el fomento de las acciones de sensibilización de la sociedad y de la prevención de la violencia de género.
2. La mejora de la respuesta institucional a través de la coordinación y el trabajo en red, mediante las autoridades y organismos responsables.
3. El perfeccionamiento de la asistencia, ayuda y protección que se ofrece a las mujeres víctimas de la violencia de género y a sus hijos e hijas.
4. La intensificación de la asistencia y protección de menores.
5. El impulso de la formación de los distintos agentes para garantizar la mejor respuesta institucional.
6. La mejora del conocimiento como complemento indispensable para contribuir de forma eficaz a la lucha contra todos los tipos de violencia contra las mujeres incluidos en el ámbito de aplicación del Convenio de Estambul aportando datos más fiables, completos y detallados sobre sus formas, incidencia, causas y consecuencias.
7. Recomendaciones a Comunidades Autónomas, Entidades Locales y otras instituciones, como agentes colaboradores necesarios para conseguir y erradicar la violencia sobre las mujeres por razón de género.
8. La visibilización y atención de las formas de violencia de género fuera del contexto de pareja o ex pareja.
9. El compromiso económico con las políticas para la erradicación de la violencia sobre las mujeres.
10. El seguimiento del Pacto de Estado facilitando la información necesaria a la Comisión de Seguimiento del Pacto.
Antecedentes
En el año 2004 se aprueba la Ley Orgánica 1/2004, sobre medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, que introduce y crea un sistema integral basado en 3 pilares: la prevención y recuperación de la víctima y la persecución del delito. Con el objetivo de combatir la violencia de género en todas sus formas, el movimiento feminista y algunos partidos políticos comenzaron a reivindicar una política pública que fuera más allá de lo existente, y que dotara de medios y recursos al actual sistema.
Surge así el Pacto de Estado para recuperar el consenso de la Ley Orgánica 1/2004, y avanzar en el cumplimiento del Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica –Convenio de Estambul.
Este pacto que se dio entre todos los partidos políticos para enmarcar la acción del Estado a largo plazo en asuntos de trascendencia, en este caso, sobre medidas en todos los ámbitos, contra la violencia de género, y con el propósito de incidir en todos los ámbitos de la sociedad con 214 medidas del Congreso de los Diputados y 267 medidas del Senado.
Financiación y desarrollo económico del Pacto
La garantía a través del financiamiento de los programas de prevención y erradicación de la violencia de género es beneficioso para todas las personas. El financiamiento para la igualdad de género es el medio de cerciorar que las necesidades de las mujeres sean satisfechas por la planificación para el desarrollo.
El financiamiento para el desarrollo es un asunto económico. Para que el desarrollo se extienda a las personas en todo el mundo, se requiere un financiamiento adecuado de modo que los compromisos asumidos por las y los líderes del país puedan traducirse en acciones. Para que los fondos beneficien a todas las personas por igual y de forma equitativa, a menudo se necesitan esfuerzos dirigidos, como es el caso del Pacto de Estado contra la violencia de género.
Para llevar a cabo las medidas que se recogen en el Pacto, se ha generado un compromiso global que supone un incremento de mil millones de euros durante los próximos cinco años (contados a partir de la aprobación y entrada en vigor del pacto), desglosados de la siguiente forma:
- 100 millones de euros adicionales destinados a las Entidades Locales.
- 500 millones de euros adicionales destinados a las Comunidades Autónomas.
- 400 millones de euros adicionales destinados a competencias estatales contra la Violencia de Género dentro de los Presupuestos Generales del Estado.
Con el fin de coadyuvar a la puesta en funcionamiento de los servicios establecidos en el Pacto, y garantizar la equidad interterritorial en su implantación, durante los dos años siguientes a la entrada en vigor del Pacto, se planteó dotar al Fondo al que podrán acceder las Comunidades Autónomas, de acuerdo con los criterios objetivos que determinen en la respectiva Conferencia Sectorial. Ello, no obstante, la Comunidad Autónoma del País Vasco y la Comunidad Floral de Navarra se regirán, en estos aspectos financieros, por sus regímenes especiales de Concierto Económico y de Convenio.
Las Comunidades Autónomas, en uso de sus competencias, durante el año siguiente a la aprobación de esta Ley, realizan un diagnóstico conjuntamente con las Administraciones Locales, sobre el impacto de la violencia de género en su Comunidad, así como una valoración de necesidades, recursos y servicios necesarios, para implementar el artículo 19 de esta Ley, referente al derecho de asistencia social integral.
La dotación del Fondo se hace de conformidad con lo que dispongan las respectivas Leyes de Presupuestos Generales del Estado.
Además, según la Ley Orgánica 1/2004, y sin perjuicio de la responsabilidad financiera de las Comunidades Autónomas, conforme a lo establecido en la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, y de acuerdo con el principio de lealtad institucional en los términos del artículo 2.1.e) de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, los Ministerios competentes, a propuesta de los órganos interterritoriales correspondientes, elaboran informes sobre las repercusiones económicas de la aplicación de esta Ley. Dichos informes se presentan al Ministerio de Economía y Hacienda que los traslada al Consejo de Política Fiscal y Financiera.
Para la obtención de estos recursos económicos, se requiere la colaboración y coordinación institucional en el marco de la gobernanza multinivel que caracteriza al modelo territorial español, a través de la Conferencia Sectorial de Igualdad y el Observatorio Estatal de Violencia sobre la mujer en un permanente diálogo y proceso de escucha activa con los poderes públicos, la sociedad civil, medios de comunicación y entidades privadas.
En cuanto al seguimiento de las medidas del Pacto, se ha creado un grupo de trabajo con las Comunidades Autónomas para el diseño de un sistema de indicadores que permita controlar de forma objetiva el desarrollo de las medidas en consonancia con la metodología de trabajo de la Agenda 2030. Por parte del Congreso de los Diputados se ha creado la Comisión de Seguimiento del Pacto de Estado que tiene encomendada la tarea de hacer un seguimiento del Pacto así como de control al gobierno en éste ámbito.
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