El pasado martes, el Parlamento de Jordania aprobó la derogación del artículo 308 del Código Penal que permitía a los condenados por violación eludir la cárcel si se casaban con su víctima. Este artículo data de 1960 y se aplica también en situaciones donde las víctimas son menores.
Durante el debate que tuvo lugar previo a la votación, algunos parlamentarios argumentaron la necesidad de mantener este artículo para proteger a las víctimas de violación del estigma social, ofreciéndoles la solución de poder casarse con sus víctimas. A pesar de estas intervenciones que pasan por alto los derechos fundamentales de las mujeres, niños y niñas que sufren violaciones en el país, el Parlamento votó a favor de las recomendaciones del gobierno de derogar el artículo 308 del Código Penal.
Queda pendiente que la decisión sea aprobada también por el Senado y por el Rey Abdalá II para que el país se sume a cambios fundamentales en la legislación tal y como han adoptado en los últimos tiempos países como Marruecos, Túnez o Egipto. Según cifras oficiales, alrededor de 160 violaciones se denuncian en Jordania, si bien no se registran los datos del número de condenas que para eludir la cárcel se casan con sus víctimas.
En la región todavía existen legislaciones similares en países como Argelia, Irak, Líbano, Palestina o Siria.
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