La Corte Constitucional de Colombia considera que la dependencia económica es violencia intrafamiliar

La Corte Constitucional de Colombia ha emitido una muy importante sentencia en la que dice que la violencia intrafamiliar no sólo trata de golpes e insultos, sino también de presiones económicas. Por lo tanto, las mujeres vejadas por la dependencia económica que les ejercen sus parejas también son consideradas víctimas. La vejación por dependencia económica puede ser considerada causa de divorcio, y cuando esto ocurra, obliga a quien ejerza esas vejaciones a responder con una cuota alimenticia para su ex-pareja. Así lo recoge la ponencia del magistrado Luis Ernesto Vargas.

La sentencia referida trata del caso de una mujer a la que su marido prohibió trabajar, creando así una dependencia económica absoluta con respecto a él. Sola y desamparada, sin nadie a quien acudir, no le quedó mas remedio que aguantar a diario los golpes, gritos, malas palabras y burlas de su todavía marido. El maltrato llegó a tal punto que el marido dejó de pagar por los servicios de suministros, los alimentos y los elementos más básicos que necesita un hogar para vivir.

Al final, decidió acudir a la Fscalía General de la Nación e iniciar un proceso de divorcio ante un juez civil de Bogotá. Si bien el juez le dio la razón y el marido fue condenado a 6 años de prisión por maltrato intrafamiliar, el juez consideró que el maltrato era mutuo, por lo que le negó a la mujer la concesión de una cuota alimentaria mensual. Para sentenciar que el maltrato era mutuo, se basó en que la mujer, una vez durante un viaje, le lanzó al marido un secador.

La mujer interpuso una acción de tutela, que fue escogida para revisión de la Corte Constitucional. Tal y como se ha constatado al prinicpio, la ponencia encabezada por el magistrado Luis Ernesto Vargas Silva, ha amparado los derechos de la tutelante.

La Corte no entiende cómo, el testimonio de la hija, además de la infinidad de pruebas aportadas hubieran sido insuficientes para el tribunal que emitió la sentencia. Según la Corte, “la violencia fue imperceptible y silenciosa a la luz de las autoridades y de la comunidad. Por su poder económico sobre la víctima, adecuó su comportamiento financiero para hacerla dependiente de sus decisiones”.

Esta sentencia abre un nuevo horizonte en la vida de miles de mujeres colombianas que sufren a manos de sus parejas maltratadoras. 

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