El pasado 22 de julio se publicó en el BOE la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, que entrará en vigor el 1 de octubre de 2015. Esta modificación contiene algunos aspectos relevantes en relación con la tutela judicial de las víctimas de la violencia de género entre las que destacan las siguientes:
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Posibilidad de extender la jurisdicción de los juzgados de violencia de género.
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Ampliación de las competencias penales de los juzgados de violencia de género a los delitos contra la intimidad y el derechos a la propia imagen y delitos contra el honor y los delitos de quebrantamiento de condena.
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Incorporación a los Institutos de Medicina Legal de unidades de valoración forense integral en todos los casos.
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Formación especializada de los operadores jurídicos de quienes tengan plaza en los juzgados de menores y de los equipos psicosociales.
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Incorporación de la perspectiva de género y la variable sexo a la estadística judicial.
Para más información consultar la Nota de Prensa de la Delegación del Gobierno.
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