Nueva Ley Orgánica del Poder Judicial

El pasado 22 de julio se publicó en el BOE la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, que entrará en vigor el 1 de octubre de 2015. Esta modificación contiene algunos aspectos relevantes en relación con la tutela judicial de las víctimas de la violencia de género entre las que destacan las siguientes:

  1. Posibilidad de extender la jurisdicción de los juzgados de violencia de género.

  2. Ampliación de las competencias penales de los juzgados de violencia de género a los delitos contra la intimidad y el derechos a la propia imagen y delitos contra el honor y los delitos de quebrantamiento de condena.

  3. Incorporación a los Institutos de Medicina Legal de unidades de valoración forense integral en todos los casos.

  4. Formación especializada de los operadores jurídicos de quienes tengan plaza en los juzgados de menores y de los equipos psicosociales.

  5. Incorporación de la perspectiva de género y la variable sexo a la estadística judicial.

Para más información consultar la Nota de Prensa de la Delegación del Gobierno.

Para descargar la norma acceder a la sección normativa estatal de esta WEB: Legislación Estatal

 

 

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