Desde principios de abril, más de la mitad de la población mundial se encuentra en confinamiento. Los datos muestran que desde el estallido del Covid-19, las denuncias por violencia de género, particularmente las de violencia doméstica, han aumentado considerablemente. El hecho de que las mujeres se encuentren en sus casas encerradas, facilita el control por parte del agresor.
El Ministerio del Interior informaba el pasado lunes de la incorporación a la aplicación móvil AlertCops de una nueva funcionalidad «Botón SOS» que permitirá reforzar la protección integral del personal sanitario y de las víctimas de violencia de género.
Recientemente hemos mencionado en repetidas ocasiones el riesgo que podía suponer para las víctimas de violencia de género el confinamiento con su maltratador, con motivo del actual Estado de Alarma en el que nos encontramos. Esta situación puede aumentar el clima de tensión dentro de estos hogares, agravando la situación para las víctimas, sus hijos e hijas u otras personas en situación de dependencia a su cargo.
Recientemente, y ante la situación de confinamiento prolongado generada con motivo de la crisis sanitaria por el coronavirus, CERMI Mujeres ha publicado la guía ‘No estás sola‘.
Fundación Mujeres se adhiere el comunicado que critica la polémica sentencia del caso Arandina, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Un fallo que desde la Entidad, dicen, pone en evidencia que necesitamos una reforma urgente de los delitos contra la libertad sexual y que perpetua la cultura de la violación considerando que hubo abusos y no agresión.
Recientemente, el Ministerio de Igualdad desarrolló un Plan de Contingencia contra la violencia de género en atención a la crisis por la COVID-19, cuyas medidas te contábamos hace unos días.
El pasado viernes 13 de marzo conocíamos la declaración del Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, del estado de Alarma en el que nos encontramos actualmente, y que entró en vigor el sábado 16 con su publicación en el Boletín Oficial del Estado. El Real Decreto recoge la limitación de la libertad de circulación de las personas durante la vigencia del estado de alarma -quince días naturales- salvo algunos supuestos que se recogen en dicho documento, con el objetivo de frenar el contagio de la COVID-19.
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