Por Estela Soage Casalderrey- Equipo de trabajo del Observatorio de Violencia.
Las mujeres migrantes en nuestro país conforman un colectivo amplio, diverso y heterogéneo, procedentes de diferentes países y culturas, que deciden dar el paso de salir de su país de origen por múltiples factores, como pueden ser personales económicos y/o familiares. A pesar de todo lo que implica el proceso de cambio, se realizan a menudo concepciones estereotipadas sobre ellas, dando lugar a un nivel de desigualdad entre hombres y mujeres, que puede desencadenar en comportamientos de dominación masculina.
Es necesario hacer incidencia en la situación compleja en la que se encuentran, debido a la carencia de recursos propios así como también de una red social o familiar sólida, que sumado a los problemas lingüísticos puede conllevar riesgo a la hora de decidir salir de una relación de dominación y de violencia.
En España, nos encontramos ante un elevado número de mujeres migrantes que padecen violencia de género, por lo que es oportuno proporcionar atención por parte de las diferentes administraciones y de profesionales especialistas en violencia de género. Con la entrada en vigor de la Ley Integral contra la violencia de género se reconoce el derecho a “recibir plena información y asesoramiento adecuado a su situación personal, a través de los servicios, organismos u oficinas que puedan disponer las Administraciones Públicas”, aunque todavía existen dificultades de acceso a la información para estas mujeres sobre los derechos y recursos. Cumplir este derecho es complejo, ya que la barrera idiomática es uno de los factores que aumentan el riesgo de estas mujeres, al presentar dificultades de acceso a la información y poder comunicarse.
Diferentes estudios como el de la ONU, nos hablan del derecho a la información de las víctimas a lo largo de un proceso penal, estableciendo que el reconocimiento de este derecho no está garantizado en las mujeres migrantes que desconocen el idioma. Dadas las circunstancias de las víctimas de violencia de género con barrera idiomática, para que las mujeres se puedan comunicar con las personas del sistema penal se requiere la asistencia de un intérprete, que desde el inicio del proceso y hasta la finalización del mismo pueda asegurar que las mujeres reciben la información necesaria, suficiente y clara para garantizar sus derechos.
Estos conceptos quedan sobre papel mojado ya que en la normativa nacional no se recoge el derecho a un intérprete que pueda garantizar el acceso a la información, provocando que se favorezca la banalización del derecho a la información y fomentar un desconocimiento sobre el desarrollo del proceso penal, lo que podría aumentar la inseguridad jurídica y provocar situaciones de desigualdad.
A modo de ejemplo, se hace necesario citar a México, Estados Unidos y España, ya que han desarrollado medidas y políticas en el ámbito sanitario para superar las barreras idiomáticas, mediante modelos de buenas prácticas con el diseño de una política activa de comunicación en salud, ante un problema nacional siempre presente.
Desde diversas plataformas y organizaciones se exige la creación de mecanismos alternativos a la denuncia y a las órdenes de protección que acrediten la condición de víctima de violencia de género, así como también reclamar una traducción de calidad para que las mujeres migrantes tengan asegurados derechos fundamentales de acceso a la información. Este proceso se lleva a cabo puesto que son consideradas las grandes invisibilizadas, que sólo salen en los medios de comunicación cuando son asesinadas. Muchos de estos casos quedan por el camino debido al miedo de las víctimas y al desconocimiento del idioma, por lo que se solicita proporcionar una atención especializada y de calidad que tenga en cuenta a toda la población de un país.
Artículo realizado en el marco del proyecto “Comprometid@s por la Igualdad” financiado por El Ayuntamiento de Madrid.