Capaña 25N «No tienes el poder de acosarme o acosarla en el trabajo, yo sí de denunciarte»

Por Mª José Blanco de Gómez-CalcerradaEquipo de voluntariado del Observatorio de Violencia

El acoso sexual en el trabajo es cada vez más extendido y denunciado por distintas organizaciones e instituciones y constatado por distintas investigaciones que han evidenciado la existencia, la extensión y la gravedad en el ámbito laboral.

El término acoso sexual en el trabajo o acoso sexual laboral apareció en los años setenta en Estados Unidos y desde entonces se lucha para poder erradicarlo y evitar los daños que sufren demasiadas mujeres.

En acoso sexual, hay que tener en cuenta que la mujer es siempre la víctima ante el acosador. Cualquier conducta relacionada con el sexo, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante y ofensivo se considera acoso sexual.

El agresor o agresores de la trabajadora tendrán que ser denunciados por la víctima por un delito de acoso sexual laboral. En virtud del artículo 184 del Código Penal, una persona puede ser castigada (con penas de prisión de tres a cinco meses y multa de seis a diez meses de salario) como culpable de acoso sexual al pedir favores de naturaleza sexual, para sí o para una tercera persona, en el ámbito de una relación laboral y con la creación en la víctima de este tipo de comportamiento de una situación intimidante, hostil o humillante.

El castigo es mayor (prisión de cinco a siete meses y multa de diez a catorce meses de salario) cuando el acosador se aproveche de su posición jerárquica superior en la relación laboral. Se puede condenar a penas más altas si la tabajadora se encontraba en una situación de vulnerabilidad.

¿Dónde y cómo encontramos acoso sexual laboral?

Sucede en cualquier lugar de trabajo, una fábrica, una oficina, una tienda, una escuela, un hospital, una universidad… tanto si el delito lo comete un director, compañero de trabajo o, incluso, alguien que no es empleado como un cliente, un comercial o proveedor. Si la conducta crea un ambiente de trabajo hostil o interrumpe el éxito de una empleada, se considera acoso sexual y es un delito.

El acoso sexual en el lugar de trabajo va unido a una situación de vulnerabilidad total donde la trabajadora se ve sometida a una humillación y ve peligrar su puesto de trabajo ya que, a menudo, se utiliza como un juego de poder y puede ocurrir en muchas etapas del ciclo de trabajo, desde la contratación hasta la promoción. Puede incluir insinuaciones o proposiciones sexuales directas, incluidos los empleados de más alto rango que piden favores sexuales.

También puede incluir la intimidación o exclusión de las empleadas para poner en peligro su situación laboral. Esto puede significar la creación de un lugar de trabajo hostil para las mujeres mediante el uso de chistes sexistas, observaciones o publicando fotos sexualmente explícitas o pornográficas.

¿Es el acoso sexual un problema de derechos humanos?

Rotundamente sí. La violencia en el mundo del trabajo, como la violencia de género, es una cuestión de derechos humanos. Hacer frente a esto significa explorar las causas fundamentales de las prácticas discriminatorias y la comprensión de sus diversos contextos culturales y sociales.

¿Las principales víctimas laborales son las mujeres?

Las mujeres son más vulnerables al acoso sexual, ya que a menudo tienen baja remuneración y puestos de trabajo de menor autoridad y con menor estatus en comparación con los hombres. Al mismo tiempo, incluso las mujeres en posiciones de autoridad experimentan acoso sexual. También puede ocurrir si alguien es autónomo y lo recibe por parte de un cliente o proveedor.

¿Quién es el autor de acoso sexual en el lugar de trabajo?

Todos los empleados y los empleadores, sin importar el género y la clasificación profesional. Esto incluye jefes, compañeros de trabajo, colegas, clientes, proveedores, personal de recursos humanos y más.

Mientras que el acoso sexual puede ocurrir en cualquier lugar de trabajo, puede ser más común en ciertos espacios de trabajo, tales como: entornos de trabajo predominantemente masculinos (por ejemplo, el ejército, la policía, la construcción); trabajos que se cree que son «subordinados» (por ejemplo, enfermería, terapia de masaje, camarera); y trabajo realizado de forma aislada (por ejemplo, cuidadores a domicilio).

Ante el acoso laboral no hay excusas. Es fundamental la educación y la no permisibilidad de nadie. Ante el acoso laboral que sufren a diario mujeres en todo el mundo solo hay una respuesta: NO TIENES EL PODER DE ACOSARME O ACOSARLA EN EL TRABAJO, YO SI DE DENUNCIARTE.

La sociedad al completo ha de firmar un pacto para todas las personas que respeten el lugar donde trabajamos y que este no sea un territorio hostil o una trinchera, sino el lugar donde generamos el salario que nos permite vivir.

  • No a las fotos en los ordenadores o móviles de compañeras
  • Stop a los Whatsapp vejatorios de mujeres
  • Abolición de las frases sexistas
  • Erradicación de la violencia de género
  • Desterrados los chistes machistas
  • Sí a la educación en la diversidad de género
  • Sí al apoyo a las victimas

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