Hace dos semanas, el pasado 30 de diciembre de 2020, se aprobaba tras una histórica lucha, la legalización del aborto en Argentina, donde hasta el momento solo se permitía abortar en casos de violación o grave riesgo para la vida de la madre.
Con la aprobación en el Senado de esta ley, se permite la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) hasta la semana 14 de gestación, de forma legal, segura y gratuita. En dicha cámara, la aprobación contó con 38 votos a favor, 29 en contra y 1 abstención, encontrando un apoyo transversal en diferentes partidos políticos.
Este hito para la sociedad argentina es una victoria en la lucha por los derechos de las mujeres y las niñas, que reconoce su capacidad de tomar decisiones libres e informadas sobre sus cuerpos y su salud sexual y reproductiva.
A continuación, destacamos algunos de los puntos más importantes de la ley:
- El acceso al aborto es libre hasta la semana 14 de gestación.
- Pasado dicho plazo, el aborto es legal si peligra la vida o la salud de la madre, o en caso de violación.
- Se puede acceder a la IVE en los servicios sanitarios público y privado, en un plazo máximo de 10 días desde su requerimiento.
- Las adolescentes a partir de 16 años tienen plena capacidad para prestar su consentimiento. Sobre las niñas en edades comprendidas entre los 13 y 16 años, se presume que también cuentan con la aptitud y madurez necesarias para tomar la decisión pertinente y prestar su consentimiento, salvo cuando deba emplearse un procedimiento de alto riesgo para su salud.
- Las menores de 13 deben contar con el consentimiento informado y la asistencia de al menos una persona que mantenga su tutela legal.
- El personal de salud debe brindar un trato digno, garantizar la privacidad y confidencialidad de la información, y respetar la autonomía de la voluntad.
- Se incluirá en el Programa Médico Obligatorio, por lo que funcionariado público o personal sanitario que dilate, obstaculice o se niegue a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados podrá recibir sanciones penales e incluso la inhabilitación para el ejercicio de la profesión.
- El personal sanitario sí tiene derecho a la objeción de conciencia, en cuyo caso debe derivar a la paciente para que sea atendida con todas las garantías y en tiempo y forma. No obstante, no se podrá negar al procedimiento en caso de que la vida o salud de la mujer corra peligro.
El debate se prolongó hasta 12 horas. A lo largo del mismo, hubo intervenciones decisivas que empezaron a vislumbrar su aprobación, tal como la relativa a la senadora Stella Maris Olalla que, pese a pertenecer a la oposición, reconoció que «la prohibición del aborto no eliminaba el sistema clandestino, que está sobradamente demostrado que existe», y que «no habrá mejoras en el sistema de salud si seguimos despreciando o no llevando adelante la educación sexual integral».
Además, se aprobó por unanimidad el “Plan de los Mil Días”, que consiste en un plan de atención y acompañamiento a la maternidad durante los tres primeros años de vida de niñas y niños.
Desde Fundación Mujeres celebramos esta conquista argentina, que supone una cuestión de Derechos Humanos, justicia social y salud pública.
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