La semana pasada conocíamos la sentencia de los acusados de la conocida como ‘manada de Manresa‘, cuyo delito se cometió hace ya tres años, cuando la víctima era una menor de apenas 14 años. Los cinco autores, todos mayores de edad, han sido condenados en la Audiencia de Barcelona por abuso sexual -y no agresión- a penas de entre 10 y 12 años de cárcel. Asimismo, se les condena a indemnizar con 12.000 euros a la víctima por un delito que se considera «extremadamente intenso y especialmente denigrante«. Cabe destacar que el sexto acusado -quien se masturbó en presencia de la violación- ha sido absuelto del delito de omisión de socorro que se le imputaba.
El fallo se basa en el hecho de que la víctima estuviera inconsciente y «sin poder determinarse y aceptar o oponerse a las relaciones sexuales«, debido al consumo de alcohol y otros tóxicos, y no mediando por tanto violencia o intimidación, que no fueron necesarias para poder perpetrar la violación grupal en cuestión. El tribunal descartó la tesis de la Fiscalía de que los procesados se valieran de su superioridad numérica y el estado de ebriedad de la víctima para perpetrar la agresión sexual.
Numerosas personas y entidades del ámbito jurídico se han pronunciado en contra de la tipificación actual de los delitos contra la libertad sexual en nuestro Código Penal. En este sentido, la reforma del mismo que se está defendiendo pasa por identificar cualquier tipo de relación sexual sin consentimiento como violación, tal y como dicta el Convenio de Estambul que España ratificó en 2014.
Por ello, Marisa Soleto, directora de Fundación Mujeres, afirmaba el pasado jueves que la sentencia de ‘la manada de Manresa’ es «una prueba más de la necesidad de cambiar los tipos penales contra la libertad sexual«. Desde Feminismos Madrid han criticado que «la Justicia patriarcal» se haya puesto «del lado de los agresores«; y Altamira Gonzalo, de la asociación Mujeres Juristas Themis sostiene que «Simplemente con que la Audiencia Provincial de Barcelona hubiera seguido el criterio establecido en la sentencia del Tribunal Supremo en el caso de la revisión de la sentencia de la Audiencia de Navarra el dictamen habría sido otro». Del mismo modo, desde la asociación Juezas y Jueces para la Democracia, la magistrada Montserrat Comas alude a que «el problema no es la sentencia, sino el Código Penal«, y Lucía Avilés- socia fundadora de la Asociación de Mujeres Juezas de España– señala que «Todo ello apuntala que no solamente es necesaria una reforma en materia de formación o de perspectiva de género para que jueces y fiscales interpreten la norma de una manera acorde a la realidad discriminatoria de las mujeres, sino que es necesario que se adelante esa perspectiva de género a la técnica legislativa«.
Por todo lo anterior, las organizaciones feministas han convocado concentraciones a lo largo de todo el territorio español bajo el hashtag #BastaYaDeJusticiaPatriarcal y con el lema «No es abuso es violación». En estas se pide:
- La modificación urgente del Código Penal.
- Que las mujeres que logran acceder con pruebas a un juzgado no sufran una revictimización o violencia institucional.
- El cumplimiento de los compromisos internacionales suscritos por España como el Convenio de Estambul o las resoluciones del Comité CEDAW de Naciones Unidas.
- Educación afectivo sexual con valores de igualdad y de placer mutuo.
- Una justicia con perspectiva de género.
La mayoría de ellas tendrán lugar en la tarde de hoy, 4 de noviembre. En el mapa siguiente y en el Twitter oficial de la Plataforma 7N se pueden consultar las diferentes convocatorias.
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