
Juristas reclaman que no se archiven sin investigar las denuncias de agresiones sexuales mediante sumisión química
Por Mariana Salomón – Voluntaria de Fundación Mujeres
Por Mariana Salomón – Voluntaria de Fundación Mujeres
“Solo SÍ es SÍ. RESPECT” es el lema de la campaña que un año más pone se pone en marcha desde el área de Iguadad del Ayuntamiento de Málaga para la prevención de la violencia sexual.
Desde el año 2014 el número de agresiones sexuales en grupo ha crecido considerablemente. En el año 2016, en España, aumentó el interés mediático y social por el conocido como caso de La Manada. El grupo de violadores fue condenado por el Tribunal Supremo a 15 años de prisión por ese caso. Cuatro de los agresores suman ahora una nueva condena por la agresión sexual a una mujer en Pozoblanco de 18 meses de prisión y otra por delito contra la intimidad por difundir el vídeo de la agresión. El que parece ser el líder del grupo, «el Prenda», ha sido condenado a una pena mayor por delito contra la intimidad al declarar que él fue el que grabó y difundió dicha grabación por grupos de Whatsapp. Esta agresión se conoció durante la investigación de la ocurrida en los San Fermines cuando se encontró el vídeo, prueba clave en este nuevo proceso judicial.
Fundación Mujeres se adhiere el comunicado que critica la polémica sentencia del caso Arandina, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Un fallo que desde la Entidad, dicen, pone en evidencia que necesitamos una reforma urgente de los delitos contra la libertad sexual y que perpetua la cultura de la violación considerando que hubo abusos y no agresión.
Por Conchi Hernández Cabrero – Equipo de voluntariado del Observatorio de Violencia
Por Conchi Hernández Cabrero – Equipo de voluntariado del Observatorio de Violencia
La semana pasada conocíamos la sentencia de los acusados de la conocida como ‘manada de Manresa‘, cuyo delito se cometió hace ya tres años, cuando la víctima era una menor de apenas 14 años. Los cinco autores, todos mayores de edad, han sido condenados en la Audiencia de Barcelona por abuso sexual -y no agresión- a penas de entre 10 y 12 años de cárcel. Asimismo, se les condena a indemnizar con 12.000 euros a la víctima por un delito que se considera «extremadamente intenso y especialmente denigrante«. Cabe destacar que el sexto acusado -quien se masturbó en presencia de la violación- ha sido absuelto del delito de omisión de socorro que se le imputaba.
Por Conchi Hernández Cabrero – Equipo de voluntariado del Observatorio de Violencia
Por Eva Doblas Sestafe – Equipo de alumnado en prácticas del Observatorio de Violencia
En los momentos actuales, donde suben cada día más las cifras de mujeres asesinadas, víctimas de la violencia de género, y dónde todavía nos preguntamos si vale la pena denunciar cualquier acto de intimidación, agresión o violación sexual, por la lentitud de la justicia o las imprecisiones de los fallos judiciales, ha llegado de nuevo una voz de esperanza. El Tribunal Supremo, con fecha 21 de junio, nos ofrece una nueva doctrina que acaba con cualquier duda, sobre lo que se entiende por agresión sexual, y revive la polémica.
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