Nueva «ley de solo sí es sí» por la libertad sexual

Por Conchi Hernández Cabrero Equipo de voluntariado del Observatorio de Violencia


La primera gran medida del Ministerio de Igualdad en esta legislatura será la nueva Ley Integral de Libertad Sexual, también conocida como «ley de solo sí es sí». Igualdad se coordinará con los diferentes Ministerios para completar el texto, que actualmente se encuentra en fase de borrador. La ley se aprobará en el Consejo de Ministros del 3 de marzo, cinco días antes del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer.

Esta ley está basada tanto en la propuesta de Ley de Protección Integral de la Libertad Sexual y para la erradicación de las violencias sexuales presentada por Podemos en el Congreso en 2018, como en las recomendaciones de la Comisión General de Codificación formada tras la sentencia del caso de «la Manada» por personas expertas el derecho penal.

Medidas

  • Consentimiento «libre, revocable y para unas prácticas concretas». Esta medida propone que la falta de consentimiento determine la agresión sexual, siguiendo la línea de las recomendaciones del Convenio de Estambul. La Ministra de Igualdad defiende que «la base de la legislación tiene que proteger el consentimiento de la mujer, que sea la mujer la que decida hasta donde quiere llegar».
  • Eliminar el concepto de abuso considerando todos los casos como agresiones sexuales. Este es uno de los puntos más demandados por la sociedad. Se considera como agresión los «actos de contenido sexual que se realicen con violencia, intimidación o abuso de superioridad o vulnerabilidad de la víctima». También, aquellos que ocurran «actuando de manera sorpresiva» o sobre personas «que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare». Gracias a este cambio se deja de focalizar la culpa en la conducta de la víctima, dejando a la interpretación la determinación sobre si hubo o no intimidación; para centrarse en la actuación delictiva de los agresores.
  • Reducción de penas por agresión sexual. Esta constituye una de las propuestas más polémicas para algunos sectores. La pena mínima por este delito sería de 1 a 4 años (actualmente va de 1 a 5 años). La pena por agresión con penetración o similares estaría entre 4 y 10 años (actualmente es de 6 a 12 años). Esta reducción viene, entre otras cosas, porque la indignación social se centra en la consideración de que todos los casos de violencia sexual son agresiones y no abusos, no en la duración de las penas. Es importante tener en cuenta que el 80% de agresores sexuales que pasan por prisión no reincide. Esta reducción se justifica además porque un sistema altamente punitivista no evita este tipo de violencia al ser un problema de base social que debe erradicarse desde la prevención y educación.
  • Se esta estudiando la posibilidad de incluir medidas que castiguen el acoso callejero tales como multas, trabajos en beneficio de la comunidad o localización permanente. Este acoso se refiere a «proposiciones, comportamientos o presiones de carácter sexual o sexista cuando creen en la víctima una situación objetivamente humillante, hostil o intimidatoria, sin llegar a constituir otros delitos de mayor gravedad». Lamentablemente, este tipo de situaciones son muy frecuentes ya que se estima que un 90% de las mujeres ha sufrido alguna vez este tipo de acoso sexual.
  • Formación específica para evitar la revictimización. Estará dirigida a los y las profesionales que intervienen en el proceso tales como las y los sanitarios y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que se formarán en perspectiva de género y medidas de protección contra las violencias sexuales.
  • Ampliar las competencias de los Juzgados de Violencia contra la mujer. Implantar progresivamente centros de atención integral 24 horas a víctimas de violencia sexual en todas las ciudades.
  • Prevención y sensibilización social, ya que es fundamental para reducir la violencia sexual.
  • Creación de un sistema de recogida de datos sobre este tipo de violencias en base a estudios de prevalencia y de la información obtenida de los recursos atencionales.
  • La ley reconocerá como violencias machistas diversas vulneraciones a la libertad sexual tales como: acecho, acoso, extorsión sexual y engaño pederasta, mutilación genital femenina, infección intencionada de enfermedades de transmisión sexual, matrimonio forzado, trata por razones de explotación sexual, explotación sexual y violencias sexuales simbólicas.

Nuevos agravantes

  • Las agresiones en grupo se considerarán como agravante y se introducirá el concepto de «agresión grupal». En los últimos años se ha producido un aumento de los casos de agresiones sexuales múltiples en España. El Tribunal Supremo ya sentó las bases al reconocer en la sentencia del caso de «la Manada» el papel de todos los implicados como «cooperadores necesarios». Esta nueva jurisprudencia ya se ha reflejado en posteriores sentencias como, por ejemplo, la dada por la violación cometida por los ex-jugadores del Arandina sumando más años al total de su condena por ser, a la vez, agresores y cooperadores.
  • La violación dentro de la pareja, cuando la víctima sea o haya sido pareja del agresor independientemente de la existencia de convivencia. Este tipo de violencia sigue siendo tabú y silenciada frecuentemente ya que se cree, erróneamente, que si la agresión ocurre dentro de la pareja no es violación. Los datos indican que 1 de cada 5 mujeres ha sido agredida sexualmente por su pareja. Este agravante también se aplicará cuando la agresión se realice por parte de ascendientes, descendientes o hermanos de la víctima.
  • Se aumentará la pena por agresión «cuando la víctima tenga anulada su voluntad por haber ingerido previamente fármacos, drogas o cualquier otra sustancia«. Actualmente en el Código Penal considera abuso esta situación y, además de responsabilizar a la víctima, tiene como resultado menor pena para el agresor.

La mayoría de colectivos de mujeres relacionados con la justicia aprueban el anuncio de estas medidas. La presidenta de la Asociación de Abogadas por la Igualdad declara que: «Las palabras son básicas porque configuran realidades y la palabra abuso ofende a una mujer que se ha sentido profundamente agredida en su libertad sexual».  Algunas de las propuestas ya estaban recogidas en el Manifiesto de la Asociación de Mujeres Juristas Themis tales como el consentimiento explícito y la eliminación de la distinción entre agresión y abuso. Solo algunas asociaciones, como la Asociación Clara Campoamor, difieren en la reducción de la duración de las penas.

Para el Gobierno con esta propuesta «se trata de convertir el ‘yo sí te creo’ en una política pública».

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